El 30 de agosto de 2023 se publicó el Decreto 438/2023 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional.
El mismo ordena el pago de una asignación no remunerativa, a favor de los trabajadores que perciben salarios netos -incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos- inferiores a $ 400.000.
La asignación se aplica a: i) los trabajadores del sector privado; ii) los trabajadores del Estado Nacional y iii) el personal de casas particulares.
Los montos máximos de las asignaciones no remunerativas, para los trabajadores que cumplan jornada completa, son los siguientes:
a) Trabajadores del sector privado: $ 60.000 en 2 cuotas de $ 30.000.
b) Estado Nacional: $ 60.000 en 2 cuotas de $ 30.000.
c) Personal de Casas Particulares: $ 25.000 en 2 cuotas $ 12.500.
Estos montos podrían variar, en forma proporcional al tope de $ 400.000, dependiendo del nivel de ingresos de los trabajadores.
La primera cuota deberá pagarse hasta el 21 de septiembre. La segunda deberá liquidarse conjuntamente con el pago de salarios correspondiente al mes de septiembre de 2023.
Los pagos podrán ser absorbidos por aumentos salariales que se pacten mediante negociación colectiva.
El Decreto establece un esquema diferencial para las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME. Las mismas podrán computar el pago realizado a cuenta del ingreso de contribuciones patronales.