La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, condenó a una empresa a indemnizar al postulante de una búsqueda laboral, a abonarle la suma de $ 628.000 en concepto de daños y perjuicios ($ 160.000 de daño psicológico, $ 234.000 de daño moral y $ 234.000 de pérdida de chance).
En el juicio se acreditó que la no contratación del postulante a un trabajo se debió a su condición de portador del virus de inmunodeficiencia humana (VIH). Este hecho fue reputado como discriminatorio. Se sostuvo que la razón de la no contratación como empleado se debió a la condición relacionada con la salud física del postulante, carente de fundamento y, por consiguiente, menoscabante de su derecho a trabajar.
En el caso se invirtió la carga de la prueba. Y la empresa demandada no pudo acreditar, mediante algún medio probatorio eficaz, que la causa de la no contratación hubiera tenido lugar por otras razones que no fueran la pertenencia del postulante a un grupo que sufre discriminación.