Terminó la Doble Indemnización

El 30 de junio de 2022 finalizó la vigencia de la denominada “Doble Indemnización”. La misma rigió desde el 13 de diciembre de 2019 hasta el 30 de junio de 2022, en el marco de la Emergencia Ocupacional decretada por el Poder Ejecutivo Nacional (“PEN”), a través del Decreto 34/2019.

Durante su vigencia, la Doble Indemnización estableció la duplicación de los rubros indemnizatorios derivados de los despidos que se dispusieran “sin invocación de una causa”.

Los rubros comprendidos eran: (i) Indemnización por Antigüedad; (ii) Indemnización Sustitutiva de Preaviso; (iii) Integración del Mes de Despido y (iv) las indemnizaciones especiales previstas en estatutos profesionales con motivo de un despido sin invocación de causa.

El Decreto 39/2021 fijó un tope en la duplicación que debía efectuarse sobre los rubros indemnizatorios prevista originariamente. De manera que el cálculo de la Doble Indemnización no podía exceder, en ningún caso, la suma $ 500.000.

El Decreto 886/2021 mantuvo el tope fijado en $ 500.000, pero dispuso la reducción escalonada del incremento indemnizatorio, de la siguiente manera:

Desde el 01/01/2022 hasta el 28/02/2022 el incremento fue del 75 %.

Desde 01/03/2022 hasta el 30/04/2022: el incremento fue del 50 %.

Desde el 01/05/2022 hasta el 30/06/2022: el incremento fue del 25 %.

Finalmente, el PEN decidió no prorrogar la Doble Indemnización bajo el argumento del verificado descenso del desempleo.


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