Receso escolar de verano. Trabajo presencial de empleados a cargo de menores.

Resolución 1103/2020. MTEySS

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dispuso que, a partir del 1º de enero de 2021 y por el lapso que dure el receso escolar de verano en cada jurisdicción, no regirá la dispensa a favor de los trabajadores que justificadamente no concurrían a sus trabajos porque tenían a su cargo el cuidado de un menor o adolescente.

De este modo, mientras dure el receso escolar, los empleadores podrán exigir a los trabajadores oportunamente dispensados que retomen sus tareas habituales en forma presencial. 


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