El Poder Ejecutivo Nacional prorrogó nuevamente la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días. Es decir, hasta el 30 de enero de 2021.
También extendió la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de 60 días. Es decir, hasta el 30 de enero de 2021.
Quedaron exceptuadas de las prohibiciones establecidas las suspensiones consensuadas con el personal, efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Este Decreto no se aplica a las contrataciones laborales realizadas con posterioridad a su entrada en vigencia. Tampoco a los trabajadores del sector Público Nacional.